Casos de éxito

01

Recuperación de 17.000 € por un tema de reinversión en vivienda habitual en renta.

Hacienda revisó una declaración de renta en la que se había dejado exenta la ganancia patrimonial de la venta de una vivienda por reinversión en una nueva vivienda habitual. El cliente no había residido más de tres años en la primera vivienda por cuestiones familiares, y hacienda consideró que no era su vivienda habitual y por tanto, la ganancia patrimonial tributaba.

Se presentaron alegaciones ante la propia Administración que fueron desestimadas, y posteriormente se presentó una reclamación económico administrativa al TEAR de Cataluña con las alegaciones correspondientes.

Finalmente el TEAR de Cataluña estimó nuestras alegaciones y procedió a la devolución al cliente del importe de 17.000 €.

02

Devolución de 300.000 € por nuevo criterio de ajuar en el Impuesto de Sucesiones.

Hasta el 2020, en las liquidaciones de sucesiones había que tributar por un 3% adicional de toda la herencia (inmuebles,acciones, saldos bancarios…) en concepto de “ajuar doméstico”. Así lo hacíamos en todas las declaraciones, para evitar liquidaciones por parte de la Administración.

En 2020 hubo un cambio de criterio, de forma que ya solo había que añadir el 3% de los bienes inmuebles susceptibles de tener ajuar. No por el valor de las acciones o por el valor de los saldos bancarios.

Acogiéndonos al nuevo criterio, se recalcularon unas liquidaciones de sucesiones y se iniciaron varios expedientes de devolución de ingresos indebidos.

Tras presentar documentación adicional que solicitó la administración y presentar alegaciones, finalmente conseguimos devoluciones por importe de 300.000 €.

03

Recuperados 8.000 € de exceso de retención en los dividendos de acciones suizas.

En la cartera que tiene el cliente en el banco, los dividendos de las acciones suizas tienen una retención del 35% (esto quiere decir, que de los dividendos brutos, un 35% no llegaban al bolsillo de nuestro cliente, porque tenían una retención en origen-Suiza-del 35%).

En la declaración de renta, hay un límite a la deducción de lo que ya ha tributado en el otro país. Es lo que se puede retener por Convenio: sólo un 15%.

Esto quiere decir que hay un 20% de exceso de retenciones que si no se solicita a la Hacienda Suiza, se pierde.

Se calculó el exceso de retenciones en la cartera del cliente por un período de 3 ejercicios (2018. 2019 y 2020). Unos 8.000 €.

Se inició un procedimiento de solicitud de exceso de retenciones a la Hacienda Suiza, enviando el formulario y la documentación correspondiente.

Tras atender los requerimientos de más documentación por la hacienda suiza, al cabo de unos 6 meses, los 8.000 euros fueron devueltos en la cuenta corriente indicada de nuestro cliente.

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